En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control No 02 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Como FLAGRANTE LA APREHENSION DE LOS IMPUTADOS JOSÉ ALFREDO MACIAS, venezolano, natural de Dolores Estado Barinas, portador de la cédula de identidad N° 15.224.121, (porta), de 20 años de edad, nacido el 08-03-86, de ocupación Obrero, residenciado Barrio la Planta, poste 26, casa S/N, entre la calle sucre y Bolívar, diagonal a la escuela Ramón Escobar, de la población de Dolores; Barinas; hijo de Leonilde del Carmen Macias (v), y Andrés Rodríguez (v); LISVEIDYS RODRÍGUEZ, venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, portador de la cédula de identidad N° 10.059.028, (no porta), de 36 años de edad, nacido el 08-12-70 de ocupación Comerciante, residenciado sector Ramal de Dolores, casa S/N de la población de Dolores; Barinas; hijo de Zenay.....