DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CALIFICA COMO FLAGRANTE, la aprehensión del imputado: FREDDY ALEXANDER QUINTERO MUJICA, suficientemente identificado al inicio de esta decisión, por la presunta comisión del delito de: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana NAILET HERNÁNDEZ; conforme a lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el articulo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA LIBERTAD al imputado: FREDDY ALEXANDER QUINTERO MUJICA, por la comisión del tipo penal ut supra mencionado, llenos los extremos exigidos por los Art. 250 .....