DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control N° 04 este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley EXTINGUE LA ACCION PENAL Y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano KALISTRO JOSÉ LUCENA TERAN, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.683.549, de fecha de nacimiento 18/12/1976, de 27 años de edad, soltero, natural de Barinas, profesión u oficio: Obrero, hijo de Juan Bautista Lucena y Bernardina Terán, residenciado en el Barrio Santa Rita, Av. Principal, frente al poste 48 Bar San Carlos , Barinas Estado Barinas; por el delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, previsto y sancionado en el artículo 472 sin reforma del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano Javier Cardozo, todo ello de conformidad con lo establecido en el numeral 7º del artículo 48 y 318 ordi.....