Declara con lugar la solicitud del imputado, quien libre de todo apremio, coacción, e imposición de conductas obligadas, admite el hecho imputado por el Ministerio Público por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el Art. 5 y 6 de la Ley Sobre el Hurto de Vehículo Automotor, prevé una pena de 09 años a 17 años de presidio, el delito de ROBO AGRAVADO DE GANADO VACUNO, previsto y sancionado en el Art. 7 de la Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera, prevé una pena de 08 años a 16 años de presidio y el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Art. 458 del Código Penal Vigente, en perjuicio de Manuel Vicente Durán y Ceferino Angulo, lo que origina en este Tribunal que, actuando con fundamento en su libre convicción, fundamentándose en la sana critica y tomando en cuenta las reglas de la lógica, las máximas de experiencia y los conocimientos científicos, tal cual los reza expresamente el artículo 22 del Código adjeti.....