Por las razones de hecho y de derecho antes descritas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control numero Cinco del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: Con lugar la admisión de la acusación interpuesta por el Ministerio Público de conformidad con el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del hoy acusado RICARDO JOSÉ COLMENARES, venezolano, de 37 años de edad, nacido en fecha 07/10/1968, en Barinas Estado Barinas, titular de la cédula de identidad N° 11.708.293 (No la porta), de ocupación obrero (herrería y albañilería), estado civil soltero, grado de instrucción Sexto grado, hijo de Heraclio Araujo (F) y de Juana Ramona Colmenares (V) y domiciliado en el barrio San Juan, Callejón 09, casa S/N, Barinas Estado Barinas, por encontrarse llenos los extremos legales de dichas normas sustantivas. Declara con lugar el ofrecimiento de todas las pruebas pr.....