DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Quinto del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano GREGORIO ALONSO CALLEJA BRACHE venezolano, de 19 años de edad, portador de la cedula de identidad Nº 17.983.853, natural de Barinas, profesión u oficio indefinido, residenciado en el Barrio Guanaca, Sector 1, calle 5 de Julio, casa S/n Barinas, por encontrarse llenos los extremos de dicha norma adjetiva. Y así se decide. Quedan las partes notificadas por haberse dictado en audiencia en sala. Cúmplase. Se decreta la libertad plena del ciudadano antes mencionado. SEGUNDO: Se ordena abrir averiguación Penal en contra del ciudadano Florencio Real Ángel y a los fu.....