D I S P O S I T I V A
Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, con fundamento legal en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, solicitada por la Defensa Pública Abg. Pascual Hernández, a favor del Imputado: JOSE CONTRERAS MOLINA, de las características personales ut-supra indicadas, en el presente proceso penal que se le sigue por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN previsto y sancionado en los artículos 406 numeral 1° en concordancia con el artículo 80 en su ultimo aparte y 82 del Código Penal.- Líbrese Boleta de Libertad.
Se ordena notificar a las partes de la decisión. Dada Sellada y firmada, a los Doce (12) días del mes de ju.....