DECRETA: PRIMERO: Califica la aprehensión del imputado HENDY JOSE VILLAMIZAR RANGEL, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.461.788, de 33 años de edad, nacido el 30-12-76, natural de Quibor Estado Lara, de estado civil soltero, ocupación u oficio obrero, hijo de Pelucho Villamizar (F) y de Elida Rosa Rangel (V), residenciado en las Invasiones Brisas de Santo Domingo, cerca de donde hacen los censos al lado de la señora Mireya, número de teléfono 0426-3779808, Barinas Estado Barinas, como flagrante por cuanto se cumple con lo preceptuado en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; por la presunta comisión del delito de Violencia Psicológica y Amenaza, previsto y sancionado en el artículo 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Yusneida Vivas. SEGUNDO: Se acuerda la aplicación del procedimiento especial de conformidad con.....