DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: DECRETA: ADMITE totalmente la acusación fiscal y los medios de pruebas plasmados en la misma por cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Acuerda la Medida alternativa a la Prosecución del proceso; LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, por el lapso de Un (01) Año, contados a partir de la fecha de la presente decisión al imputado JOSE EUGENIO ORELLANO LINAREZ, venezolano, de 35 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.672.444, obrero, nacido el 06/09/1974, en Guanarito Estado Portuguesa, hijo de María Aurora Rivero Orellana (V) y de Domingo Antonio Orellana (V), residenciado en el Sector los Guasimitos, carretera nacional, al frente de la alcabala de la policía, frente a la picado.....