En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control N° 06 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Por considerar que están llenos los requisitos del Articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta la Aprehensión como Flagrante del Imputado RENYS RODRIGUEZ ESCALANTE, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.551.029, de 30 años de edad, nacido el 02/03/1979, en Santa Bárbara Estado Barinas, de profesión estudio y trabajo en una carpintería, hijo de María Cecilia Escalante (V) y de Olinto Rodríguez (V), residenciado en la carrera 0, calle 21, sector la Balcera, casa S/N, de color blanco con azul, al frente de la escuela básica Padre Noguera, teléfono 0426-6276162, Santa Bárbara Municipio Ezequiel Zamora Estado Barinas, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZAS, previsto y sancionado en.....