PRIMERO: Se Admite parcialmente la Acusación Presentada por la Fiscalía del Ministerio Público, representada por la Abg. Alexander Marcano contra el imputado: JUAN DE LA SALLE MONTILLA ESCORCHA, ya identificado; por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA Y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previstos y sancionados en los artículos 407, 278 y 418 del Código Penal; niega la solicitud de la defensa de una Medidia Cautelar Sustitutiva. SEGUNDO: Se declara la pertinencia y necesidad de las pruebas ofrecidas por las partes para el juicio oral por considerar que las mismas son lícitas y necesarias para el esclarecimiento de la verdad de los hechos. TERCERO: Decreta: AUTO DE APERTURA A JUICIO al acusado JUAN DE LA SALLE MONTILLA ESCORCHA, ya identificado, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA Y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previstos y sancionados en los artículos 407, 278 Y 418 del C.....