DECRETA: PRIMERO: Se Admite totalmente la Acusación presentada por la Fiscalía del Ministerio Público, representada por el Abg. EDGARDO BOSCAN contra el imputado: JHONNY JESUS PEÑA MONTILLA, ya identificado; por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408, ordinal 3° del Código Penal; niega el cambio de calificación solicitado por la defensa y la Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad, igualmente solicitada por la defensa. SEGUNDO: Se declara la pertinencia y necesidad de las pruebas ofrecidas por las partes para el juicio oral por considerar que las mismas son lícitas, pertinentes y necesarias para el esclarecimiento de la verdad de los hechos. TERCERO: Decreta: AUTO DE APERTURA A JUICIO al imputado, JHONNY JESUS PEÑA MONTILLA, ya identificado, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO