Admitida formalmente la presente Querella. Se Acuerda y ordena notificar a la Fiscalia Superior del Ministerio Público y al imputado de la presente decisión, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el cuarto aparte del artículo 296 del COPP. Una vez conste en auto las respectivas notificaciones y transcurrido el lapso legal de conformidad con el artículo 300 del Código Orgánico procesal penal, remítanse las presentes actuaciones al Fiscal Superior del Ministerio público de éste Estado, a los fines de que se de inicio a la presente investigación. Cúmplase.
La Juez de Control N° 06
Dra. Fanisabel González M La Secretaria de Sala
Abg. Mary Ramos
Admitida formalmente la presente Querella. Se Acuerda y ordena notificar a la Fiscalia Superior del Ministerio Público y al imputado de la presente decisión, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el cuar.....