Por las circunstancias de hecho y de derecho narradas en los capítulos precedentes, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Función de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ORDENA la aprehensión del ciudadano: EZEQUIEL ANTONIO TORREYES VERGARA, “el Cheke”, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. 18 225 598, nacido en fecha 18 de marzo de 1983, domiciliado en la población de Barrancas, Barrio 12 de octubre, calle Campo Elías, casa Nro. 59 del Estado Barinas, por la comisión del delito Homicidio Intencional, previsto y sancionado en el Artículo 407 del Código Penal, en perjuicio de Danny José Andrades y Naudy José Olivera; todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 44, primer ordinal de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el Artículo 250, ordinales 1°, 2° y 3° del COPP. Líbrese orden de aprehensión y ofi.....