DECRETA: PRIMERO: Se Admite Totalmente las Acusaciónes presentadas por la Fiscalía del Ministerio Público, representada por la Abg. Leonardo Gonzalez, contra los acusados: Wualter Jesús Sánchez Castillo,ya identificado; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal en contra de Nerio José Molina y Hector Rafael Sierra, respectivamente y Jonathan Palma Pérez y Guillermo Eduardo Mendoza, por el dleito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 ejusdem, contra Nerio José Molina y Héctor Rafael Sierra. SEGUNDO: Se declara la pertinencia y necesidad de las pruebas ofrecidas por la Fiscalia del Ministerio Público para el juicio oral por considerar que las mismas son lícitas y necesarias para el establecimiento de la verdadde los hechos. TERCERO: Decreta: AUTO DE APERTURA A JUICIO a los acusados: WUALTER JESUS SANCHEZ CASTILLO, JONATHAN JOSE PALMA PEREZ Y GUILLERMO EDUARDO MENDOZA LAMAEDA, ya identificados, por el del.....