Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Control Nº 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA:, PRIMERO: Se admitió parcialmente la acusación fiscal, motivado al cambio de calificación jurídica por le delito de COMPLICE EN EL DELITO DE ASALTO A TRASNPORTE COLECTIVO, previsto y sancionado en el artículo 357 en su segundo aparte, en GRADO DE TENTATIVA, en concordancia con los artículos 84 y 82 ejusdem, del Código Penal Vigente, dicho cambio es motivado a la declaración de la victima y los elementos de convicción que se desprenden de las actas procesales, y los medios de prueba se admiten totalmente por ser útiles, necesarios y pertinentes para el esclarecimiento de los hechos y la búsqueda de la verdad. SEGUNDO: Se admitió el procedimiento de admisión de hechos, previsto en el artículo 376 del C.O.P.P y Condena al acusado NOEL PÉREZ VILLASMIL, quien porta ident.....