DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Unipersonal de Juicio N° 01, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Absuelve al Ciudadano JOSE GREGORIO PEDREROS CEFERINO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.377.629, soltero, de 23 años de edad, nacido el 26-03-86, natural de Barinas, Estado Barinas, ocupación u oficio ayudante de construcción, hijo de Teresa de Jesús Ceferino (f), y David Pedreros (v) residenciado en el Parcelamiento Hugo Chávez, parcela 159, diagonal la casa modelo de la Ciudad de esta ciudad Barinas; de la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO; previsto y sancionado el artículo 277 del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio del Orden Publico. SEGUNDO: Cesa toda medida de coerción decretada en contra del Ciudadano José Gregorio Ceferino Pedreros, de conformidad a lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Proces.....