DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de Imputado ADALBERTO CARDOZA VILLARREAL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.657.518, domiciliado en Barrio Guanaca, calle las Flores, Casa S/N, Barinas, Estado Barinas. Notifíquese a las partes la presente decisión de conformidad con lo establecido en el Artículo 175 ejusdem. Se ordena Notificar a las partes de la presente decisión y remitir la presente causa al Archivo Judicial una vez quede definitivamente firme la presente decisión y conste en autos las boletas de notificación devueltas.