DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EDGAR JOSÉ ALCEDO CONTRERAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.517.561, de 18 años de edad, nacido el 01-04-92, natural de Caracas Distrito Capital, de estado civil soltero, ocupación u oficio herrero, hijo de Blanca Contreras (V) y de William Alcedo (V), residenciado en el barrio la victoria, calle principal al frente de la casa comunal, teléfono 0426-8034794, al frente del Mercal, Socopó Estado Barinas, por la comisión del delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor en grado de Coautoría, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 numerales 1, 2, 3, de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en relación con el 83 del Código Penal Venezolano vigente, Lesiones.....