ABSUELVE al acusado LANDYS EYMAR MENDOZA QUINTERO, por la comisión de los delitos de Homicidio Intencional previsto y sancionados en el artículo 407 del Código Penal en perjuicio del hoy occiso Abrahan Moreno Camacho. SEGUNDO: Se ordena el cese de cualquier medida de coerción que existiere en contra del ciudadano Landys Eymar Mendoza Quintero derivado de este proceso. TERCERO: No hay condenatoria en costas en este proceso de conformidad a lo establecido en el artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. CUARTO: A partir del día siguiente hábil al que conste la notificación de la última de las partes, comienza a transcurrir el lapso legal para que las partes puedan interponer el Recurso Correspondiente.