Por tales razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Se NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, solicitada por el abogado Yovanny Rodríguez en su carácter de Defensor Privado de los ciudadanos LUIS EDUARDO FERNANDEZ, venezolano, de 24 años de edad, nacido el 15-06-84, natural de Caracas Distrito Capital, Titular de la cédula de identidad N ° 17.766.793 domiciliado en la Urb. Barrio corosito, calle 18 con avenida 02, casa número 323-21 de esta Ciudad de Barinas, mas arriba del ambulatorio corosito, numero de teléfono 0426-8759218, de profesión obrero, soltero, hijo de José Felipe Fernández (v) y Maria Irene Viera (v) y JOSE ARGENIS GONZALEZ TORO venezolano, de 19 años de edad, nacido el 25-04-89, natural de Turén estado Portuguesa, Titular de la cédula de identidad N ° 18.928.5.....