Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los términos siguientes: DECRETA: PRIMERO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del Acusado: CARLOS ANTONIO BELANDRE, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.991.632, de 40 años de edad, nacido el 04-07-1966, natural de Barinas Estado Barinas, ocupación u oficio maestro de construcción, grado de instrucción tercer año de bachillerato, hijo de Jhonny José Pacheco (f) y Rosa Virginia Belandre (v), residenciado en la Urbanización Los Acacias, calle 02, casa Nº 320 de esta ciudad de Barinas Estado Barinas, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, AMENAZAS Y VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los artículos 39, 40, 41 y 42, .....