CAPTITULO VI:
DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Juicio Mixto N° 2 por unanimidad de sus miembros, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, por medio de la presente sentencia decide: PRIMERO: ABSUELVE a la acusada ANA DELINA GARCÍA, colombiana, natural de Málaga al norte de Santander, mayor de edad, de 44 años de edad, titular de la cédula de identidad número E-81.650.978, residenciada en el Barrio Las Flores, Calle 01, casa s/n, de la población de Socopó; Municipio Antonio José de Sucre del estado Barinas, de la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal ordena el cese de las medidas de coerción personal derivadas en esta causa a la acusada Ana Del.....