Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Se decreta Medida Cautelar consistente en Presentaciones periódicas cada quince (15) días ante la Oficina de Atención al Público OAP y/o Oficina de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, y no ausentarse de la Jurisdicción del Estado Barinas sin autorización del Tribunal, al ciudadano MIGUEL ÁNGEL VALERO HERNÁNDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.279.204, (no la porta) de 30 años de edad, nacido el 07-09-1977, natural de Barinitas, Estado Barinas de estado civil soltero, ocupación u oficio obrero, hijo de Rafael María Valero (V) y María Melania Valero (v), residenciado en el Caserío San Antonio, calle principal, casa sin número, Caldera, Municipio Bolívar del Estado Barinas,.....