CONDENA al acusado EDGAR LINAR VIVAS VIVAS, a cumplir la pena de Trece (13) años de presidio, mas las accesorias de Ley establecidas en el art 13 de Código Penal, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en los artículos 408 ordinal 1ero del Código Penal Vigente Y EL DELITO DE PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, establecido en el art 278 ibidem, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de Oberth Willen Garcia Bastidas.,