Por tales razones antes expuestas, este Tribunal de de Primera Instancia en Función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda otorgar medida Cautelar Sustitutiva menos gravosa a la de Privación de Libertad al ciudadano José Ramón Parra, de la establecida en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, específicamente las señaladas en sus ordinales 3, 4 y 6 consistentes en: 1) La presentación periódica cada ocho (8) días por ante la Comandancia de la Policía del Municipio Pedraza del Estado Barinas; 2) Prohibición de salir de la Jurisdicción del Estado Barinas sin previa autorización por escrito de este Tribunal y 3) Prohibición de Portar Armas de Fuego. Librese la boleta de libertad correspondiente. Ofíciese a la Comandancia de la Policía del municipio Pedraza del Estado Barinas, sobre la presentación periódica del acusado.
El Juez
La Secret.....