decreta: la aplicación de la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO al acusado Franklin José Orellana Segura venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 15.537.137, soltero, ocupación obrero, natural de Guanare Estado Portuguesa, fecha de nacimiento 03-11-77, ocupación obrero, residenciado en el Aeropuerto, Avenida Miranda, calle N° 01, casa S/N, Sabaneta Estado Barinas, por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre Violencia contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana Norkis Cecilia Morillo Santos, medida ésta la cual tendrá un régimen de prueba de Un (01) año, con el cumplimiento de las condiciones ya plenamente establecidas