DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Unipersonal de Juicio No 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ABSUELVE al acusado YERKO JURIN DELLERBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 13.615.235, de ocupación mensajero, fecha de nacimiento 08-08-1978, residenciado en la Avenida Urdaneta de pelota a Punceles, residencia N° 26, piso 12, apto 12-01 Caracas Distrito Capital, hijo de Yerko Jurin Sabav y Maria Jurin Dellerva, por el delito de Homicidio Culposo previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal en perjuicio de quien en vida respondiera por el nombre de Dulia Elizaura Mercado. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal quedan las partes notificadas que la presente decisión será publicada al décimo dí.....