Por las razones de hecho y de derecho antes descritas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: DECRETA: PRIMERO: CONDENA al ciudadano FREDDY JOSÉ PRADA ARAQUE, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 23.015.457, de 18 años de edad, nacido en fecha 14/03/1992, hijo de Bertha Araque (V) y Freddy Prada (V), ocupación u oficio Obrero, natural de Bum- Bum Barinas, residenciado en Bum- Bum Aldea Sector el Remolino, vía Caramas, cerca de La Iglesia la Pescadora, Estado Barinas, teléfono 0273-5147724, teléfono de la casa del padrastro a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS, DE PRESIDIO, más las accesoria de ley establecidas en el Art. 13 del Código Penal; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR COMO COOOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 numerales 1,2,3 Y 12 de la Ley Sobre .....