Decreta: Primero: Se declara con lugar la solicitud de nulidad presentada por la defensa publica Abg. Aída Briceño, del acusado ciudadano VÍCTOR MANUEL VARILLAS MOLINA, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.954.784, de 51 años de edad, nacido en Santa Bárbara Estado Barinas, en fecha: 1°/08/56, chofer, hijo de José de la Cruz Varillas (f) y de Rosa María Molina (v) y residenciado en el Barrio Simón Bolívar, Carrera 02, Calle 02 esquina, Casa S/N, Santa Bárbara, Estado Barinas, teléfono: 0424-7035186. y en consecuencia de conformidad con los artículos 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal se decreta la nulidad de la Audiencia Preliminar de imputado realizada en fecha 23 de Abril de 2.008. Segundo: Se ordena la reposición del proceso al estado de que se realice el acto de imputación formal por parte de la Representación del Ministerio Público con el debido aseguramiento de los derechos y garantías que comprenden el debido proceso y el derecho a la defensa de.....