CONDENA, a las acusadas: GRISELIS ENEMERITA ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.185.642, de 31 años de edad, nacida en fecha: 10-03-77, comerciante, hija de José Ramón Herrera (v) y de Carmen Alvarado (v) y residenciada en el Barrio Mi Jardín sector 2 , Calle 07, Casa N° 153, Barinas, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS OCHO (08) MESES de Prisión por la comisión del delito de TRÁFICO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 tercer aparte en concordancia con el artículo 46 ordinal 5 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, y para la Acusada: CECILIA ESPERANZA ARMARIO DÍAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.513.323, de 24 años de edad, nacida en fecha: 10-12-84, ocupación vendedora en una zapatería, natural de Barinas, Estado Barinas.....