DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Mixto N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 4, 6, 7, 13, 22 y 376 ejusdem. La Juez consideró pertinente tal solicitud de conformidad con lo previsto en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y pasó a dictar la dispositiva de ley, de la siguiente manera: CONDENA, a DIEGO ALONSO GIRALDO HENAO dice ser colombiano, mayor de edad, cédula de identidad N°. E-18.511.713 ( no la porta), soltero, comerciante, natural de Medellín Antioquia, nacido el 23-06-1964, comerciante, hijo de Luis Alfonso Giraldo Molina y Amparo Henao Vernal, residenciado en la Av. Vuelvan Caras, entre Pulido y Bolívar antes de llegar a la Diex Barinas Estado Barinas, una vez admitido los hechos, .....