REVOCA POR INCUMPLIMIENTO, LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, acordada en fecha 20 de Diciembre de 2008, al Imputado JOSE RAFAEL CALDERON venezolano, de 51 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.056.793, (la porta) de profesión u oficio taxista, natural de Barinas, Estado Barinas, nacido el día 12-02-1958, de estado civil soltero, grado de instrucción bachiller, quien es hijo de Delia Calderón (v) y Abi Federico Bolívar (V), residenciado en el Barrio el Cambio, calle 02, casa N° 7-26, Barinas Estado Barinas, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 segundo aparte de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano. Se acuerda librar BOLETA DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD al mencionado acusado a los fines de proseguir el proceso, se ordena oficiar al Internado Judicial del Est.....