CAPÍTULO VI
DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Juicio Unipersonal N° 04, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: CONDENA al ciudadano RENÉ FRANCOI GRATEROL TORO, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.838.373, de 23 años de edad, natural de Barinas Estado Barinas, nacido en fecha: 17-11-1987, obrero, hijo de Nilda del Pilar Graterol Toro (v) y de padre desconocido y residenciado en la Urbanización Ciudad Varyná, Sector El Bucare, Calle 02, Casa D-2, teléfono: 0416-1749300 (pertenece a la madre), Barinas, Estado Barinas;, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de Ley correspondientes; por la comisión del delito de: ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en relación con el artículo 6 numerales 1, 2, 3 y 10 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores; en perjuicio del ci.....