DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD Y EN CONSECUENCIA DECRETA EL DECAIMIENTO DE LA MEDIDA DE COERCION PERSONAL y en consecuencia EL CESE DE LA MEDIDA DE COERCION PERSONAL, a favor del Acusado SILVANO ANTONIO RODRIGUEZ SANGUINO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.661.704, de 23 años de edad, nacido el 11-07-1986, ocupación comerciante, natural de Barinas Estado Barinas, de estado civil soltero, 0424-5724340 ocupación u oficio informal, hijo de Rosa Maria Sanguino (V) y Luís Rodríguez (v), residenciado en el Barrio Primero de Diciembre, primera etapa calle III, casa N° 115, de color verde, al frente Iglesia Evangélica, Barinas estado Barinas, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los Artículos 5 y 6, Numerales 1, 2, 8 y 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio del Ciudadano Renny Javier Linares Conde.