PRIMERO: Se admite la parcialmente la acusación Fiscal por la comisión del delito de para el Ciudadano NELSON ENRIQUE ROJAS SUÁREZ, encuadra perfectamente en el tercer aparte del articulo 31 de la ley especial de drogas, correspondiente al Delito de OCULTAMIENTO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUIDOR y el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD , articulo 218 encabezamiento del código Penal En cuando al delito atribuido al Ciudadano JOSÉ LEONARDO HERNÁNDEZ MELÉNDEZ; por la presunta comisión del delito de: RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218, encabezamiento, del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, este Tribunal revisada la presente causa, en la misma se evidencia que no existen elemento probatorios que configuren el delito acusado, en razón de ello se desestima, el delito acusado. SEGUNDO: Se admite las pruebas fiscales por considerarlas procedente. TERCERO: Se declara procedente la solicitud de la defensa de Medida Cautelar Sustitutiva a la Pri.....