D I S P O S I T I V A
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de Juicio Unipersonal Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, C O N D E N A: al acusado Johnny Javier Duarte Vivas venezolano, de 22 años de edad ,hijo de Sonia Vivas y Nepomuceno Duarte (v), nacido en fecha 22/06/82, titular de cédula de identidad Nº V-18 642 209, desempleado, domiciliado en el barrio La Paz, sector 3, calle 3, casa donde funciona la bodega El Diamante, Municipio Barinas, Estado Barinas, por el delito de ROBO PROPIO, previsto en el Artículo 457 del Código Penal, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRESIDIO, de igual forma cumplirá las penas accesorias contenidas en el Artículo 13 del Código Penal. Se mantiene la medida cautelar sustitutiva de la privación libertad dictada en fecha 30-10-03, en razón de haberlo solicitado expresamente e.....