EXTINGUE LA ACCION PENAL Y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano JESUS MANUEL MOLINA HERNANDEZ, venezolano titular de la cédula de identidad N° 17.503.964, nacido en fecha 02/03/84, hijo de Yolanda Hernández (V) y Rubén Alipio Molina, ocupación ordeñador del campo, edad 25, domiciliado Barrio Alberto Carnevally, carrera 15 con calle 6 casa N° 14-36 Cerca del aserradero CAINCA, Socopó ,Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas, por la comisión del delito de ACTIVIDADES ILICITAS EN AREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES, todo ello de conformidad con lo establecido en el numeral 7º del artículo 48, 318 ordinal 3°, 45 y 322 del Código Orgánico Procesal Penal.