PRIMERO: Se acuerda constituir el Tribunal Unipersonal de conformidad en lo establecido en el articulo 376 primer aparte de la reforma del Código Orgánico Procesal penal. SEGUNDO. Se CONDENA al ciudadano RAFAEL ERNESTO ANGULO JOVES, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.662.566, de 26 años de edad, nacido el 24/08/1981 en Barinas, estudiante, hijo de Nelson Angulo (v) y de Amelia Joves (v) y residenciado en la Urbanización Manuel Palacio Fajardo, Vereda 11, Casa N° 06 de la ciudad de Barinas, Estado Barinas; a cumplir la pena de DOS (02) AÑO DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO CON FRACTURA previsto y sancionado en el artículo 453 Ord. 4° del Código penal venezolano vigente, en perjuicio de Juana del Carmen Ortega. TERCERO: Se condena al acusado a las penas accesorias establecidas en el Art. 16 del Código Orgánico Procesal Penal, CUARTO Se exonera al acusado del pago de las costas procesales establecidas en el la ley. QUINTO: Vencido el lapso Ley se.....