DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de la facultad conferida por el Numeral 1° del Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, CONCEDE al Penado FELIX ARTURO SERRANO HERRERA, Venezolano, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.979.023, natural de Barinas Estado Barinas, domiciliado en el Barrio Unión, Calle Arismendi Casa N° 20-07 Barinas; EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, por encontrarse llenos los requisitos exigidos en el Artículo 494 y 495 del Código Orgánico Procesal Penal. Se fija un plazo de régimen de prueba de: Dos (02) Años, Once(11) Meses y Veintinueve (29) días, el cual concluye el 30-11-2008; que es.....