Firme como ha quedado la Sentencia Definitiva dictada en contra del Penado JOSÉ ALEXIS PAREDES, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.386.051, residenciado en la Urbanización Llano Alto Sector B, vereda 4 casa B-4, Barinas; a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en los Artículos 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, para efectuar el Cómputo de la Pena a ser cumplida, el Tribunal observa:
PRIMERO: El Tribunal de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en fecha 22 de Diciembre de 2003, dictó Sentencia Condenatoria y la Sala única de la Corte de Apelaciones en fecha 29-04-2004, rectificó la pena, y la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, rectificó la pena en fecha 24-11-04, donde condena al Acusado JOSÉ ALEXIS PAREDES, ya identificado, a cumplir la pena de: SIETE (07) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO y las penas accesorias, por la comisión del delito de: ROBO AGRAVADO DE VEHÍ.....