PRIMERO: El Tribunal de Juicio N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en fecha 27 de Julio de 2005, dictó Sentencia condenatoria, al acusado FRANCISCO HERNAN MUÑOZ BRICEÑO, a cumplir la pena de: QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO y las penas accesorias contenidas en el Artículo 13 del Código Penal, por la comisión del delito de: HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES, previstos y sancionados en los Artículos 408 ordinal 1° del Código Penal Venezolano, en perjuicio del Ciudadano Marcos Tulio Márquez Briceño.
SEGUNDO: Aplicando el Artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal que establece: "Se descontará de la pena a ejecutar, la privación de libertad que sufrió el penado durante el proceso...", se obtuvo el siguiente resultado: el Penado FRANCISCO HERNAN MUÑOZ BRICEÑO, fue detenido preventivamente en fecha: 23-06-2004 hasta el día 05/10/2005, habiendo cumplido hasta el día de hoy, UN (01) AÑO, TRES (02) MESES Y DOCES (12) DIAS de la pena impuesta, faltándole por.....