DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de la facultad conferida por el Numeral 1° del Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, CONCEDE al Penado ALEXIS JOSE GONZALEZ RAMIREZ, Venezolano, de 33 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.836.216, natural de Barinitas Estado Barinas, hijo de María Elena Ramírez y Alexis González, domiciliado en Barrio El Cafetal Casa N° 12, a 500 mts de la Redoma El Bucaral a mano derecha Barinitas Estado Barinas; EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, por encontrarse llenos los requisitos exigidos en el Artículo 494 y 495 del Código Orgánico Procesal Penal. Se fija un plazo de régimen de prueba de: .....