Cumpliendo con dispuesto en el artículo 482 de la norma adjetiva penal antes indicada, se hace constar que el penado ERASMO HERRERA cumplirá la totalidad de la pena impuesta el 11/04/2008 a las doce de la noche, por aplicación de la Sentencia N° 460 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 08-04-2005, donde Suspende la aplicación del artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal y ordena la aplicación en forma estricta la aplicación del artículo 501 Ejusdem. El penado puede solicitar la formula de cumplimiento de pena de destacamento de trabajo a partir del 11-01-2006; Régimen abierto a partir del 11-04-2006; cumple la mitad de la pena el 11-10-2006, Podrá solicitar la libertad condicional a partir del 11-04-2007 y el Confinamiento podrá solicitarlo a partir del 11-07-2007. Es entendido que para optar a los beneficios preindicados se requerirá de manera concurrente cumplir los demás de requisitos de ley.