El Penado podrá solicitar cualquiera de las formas de cumplimiento de pena, incluyendo la Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio una vez cumplida 1/4 de la pena impuesta, la cual cumple en fecha: 26/06/07, podrá solicitar el Destacamento de Trabajo, habiendo cumplido 1/3 la cual cumplirá en fecha 26/04/08 podrá solicitar Establecimiento Abierto, las 2/3 partes de la pena la cumple el día: 26/08/11, en la cual podrá solicitar su LIBERTAD CONDICIONAL y las 3/4 partes de la pena la cumple el día: 26/06/12, pudiendo solicitar el CONFINAMIENTO.