Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal Función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA: La Formula Alternativa al Cumplimiento de pena denominada DESTACAMENTO DE TRABAJO, a favor del Penado LUÍS ENRIQUE CALAZAN RODRÍGUEZ, venezolano, portador de la cédula de identidad N° V.-20.866.933, de 21 años de edad, natural de Barinas Estado Barinas, de ocupación obrero, residenciado en Barrio Corocito, calle 08, con avenida 04, casa 55-14; Barinas; hijo de María Rodríguez (v), y Antonio Calazan (v), todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 500 de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal, Artículos 61 y 73 de la Ley de Régimen Penitenciario y Artículos 19, 21 Ordinales 1° y 2°, 26 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Notifíquese a las partes, ofíciese a.....