Se DECLARA PROCEDENTE el beneficio de ESTABLECIMIENTO DE REGIMEN ABIERTO al penado JULIO PEREZ RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 3.009.100, por encontrarse llenos los extremos exigidos en el Artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, el que deberá cumplir en el CENTRO DE TRATAMIENTO COMUNITARIO DE LA REGIÓN ANDINA DR. JUAN TOVAR GUEDEZ, UBICADO EN LA CALLE EL ROSAL, QUINTA LA MILAGROSA, MUNICIPIO INDEPENDENCIA, EL CALLE, ESTADO TACHIRA.