DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de la facultad conferida por el Numeral 1° del Artículo 479 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal, CONCEDE al Penado FREDDY JAVIER OVALLES, venezolano, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-14.023.417, obrero, nacido el 08/03/1975, grado de instrucción: sexto de primaria, natural del Vigía Estado Mérida, hijo de Maria Yolanda Ovalles (v) y de Octavio Ramírez (V), residenciado en la invasión Paraíso Bolivariano, casa N° M-5, Barinitas Municipio Bolívar, Barinas Estado Barinas, actualmente con Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de la Libertad, la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, conforme a lo establecido en el Art. 493 y 494 de .....