Cumpliendo con lo dispuesto en el Artículo 482 de la norma adjetiva penal antes indicada, y por aplicación de la Sentencia N°. 460 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 08/04/2005, donde Suspende la aplicación del Artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal y ordena la aplicación en forma estricta la aplicación del Artículo 501 Ejusdem. El Penado quien cumple con el tiempo para solicitar el Destacamento de Trabajo (1/4 parte de la pena), el Establecimiento Abierto (1/3 parte de la pena), el Indulto (1/2 parte de la pena) y la Redención de la Pena por el Trabajo y el Estudio, podrá solicitar la Libertad Condicional (2/3 partes de la pena) en fecha 18/01/2008, y el Confinamiento (3/4 partes de la pena) en fecha 18/04/2009.