Este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Ejecución de Sanciones Penales No.2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, ACUMULA las causas Nos. EJ01-P-2002-000122 y EP01-P-2003-000707, ambas seguidas contra MARIA AUXILIADORA PINO MUCHACHO, venezolana, mayor de edad (25 años), titular de la Cédula de Identidad No. 15.755.806, seguidas por la comisión de los delitos: POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y ROBO AGRAVADO en grado de tentativa, razón por la cual y como ya se anotó, se determina que aquélla se acumule en ésta, es decir, la causa No. EJ01-P-2002-000122 en la Causa No. EP01-P-2003-000707, de conformidad con los mencionados artículos 73 y 479 del COPP. Por lo que a partir de este momento ambas causas formarán una sola con el No. EP01-P-2003-000707 y se seguirá la foliatura de ésta, debiendo eliminarse del sistema computarizado la otra causa No. EJ01-P-2002-122.